viernes, 1 de junio de 2012

DEFENDIENDO NUESTRAS CAJAS RURALES LOCALES: NO QUEREMOS SER VASALLOS DE NADIE (II)

Plataforma por la Defensa de las Cajas Rurales Locales de Mota del Cuervo, Villamalea y Casas Ibáñez

La integración que se propone para nuestras 3 cajas rurales locales (Mota del Cuervo, Villamalea y Casas Ibáñez) no se produciría en un plano de igualdad, sino que la Caja Rural de Castilla-La Mancha mandaría y las 3 cajas rurales locales obedecerían. Habría una entidad líder y el resto serían seguidoras de la anterior en todo aquello que la primera estableciese, es decir, se perdería la soberanía y el poder de decisión en asuntos de vital importancia.

Aunque jurídicamente definan la integración como un Sistema Institucional de Protección + Grupo Cooperativo, en la práctica sería una absorción de las cajas rurales locales por parte de Caja Rural de Castilla-La Mancha.

Esto equivale a una fusión aunque no tenga la modalidad jurídica de una sociedad anónima (como en el caso de Bankia) o de una cooperativa de segundo grado (que es la fórmula jurídica de las cajas rurales locales). La opción elegida es la de Grupo Cooperativo, donde habrá una “entidad central” que a través del SIP adoptará todas las decisiones importantes relativas a la integración de sus negocios, de servicios de interés común, la protección mutua frente al riesgo de liquidez e insolvencia, la mutualización de resultados y la centralización de sus estrategias de negocio y políticas básicas). Las “entidades adheridas” estarán obligadas a asumir dichas decisiones.

A este respecto, el argumento a favor de la integración según el cual “nos obliga el Banco de España”, nunca ha sido justificado documental. En varias ocasiones hemos solicitado a los consejos rectores de nuestras cajas rurales locales que se nos proporcione documentación por escrito respecto a las mencionadas observaciones del Banco de España y a las exigencias de tamaño y eficiencia de las entidades, pues de lo contrario, se estaría ocultando a sus socios/as información absolutamente relevante para entender y valorar el Contrato que se nos presenta para su consideración.

No queremos que se nos meta más miedo, sino que, en el caso de tener que afrontar problemas, se analicen en positivo las estrategias para superarlos, desde la tranquilidad de ser entidades completamente solventes, que a lo largo de 50 años se han sabido adaptar a los cambios exigidos en la regulación del sector, y que ahora no va a ser menos. No podemos, no debemos, rendirnos a las primeras de cambio e integrarnos con Caja Rural de Castilla-La Mancha, una entidad que nada tiene que ver y en nada se parece a las nuestras.

Nuestros pueblos siempre han luchado por la libertad, incluso en tiempos mucho más convulsos que éstos. El SIP que se propone es un paso atrás en la libertad y un paso adelante en la sumisión, pues establece la existencia de una única unidad de decisión (entidad cabeza o central) cuyos acuerdos serán obligatorios para todas las entidades del SIP. A su vez se adoptarán compromisos recíprocos de solvencia, liquidez y mutualización de resultados. Ello es un ejemplo más de “sumisión” de las entidades adheridas a lo que establezca la entidad central. Ésta última regirá la marcha del SIP en un contexto de mayoría aplastante en los órganos de decisión del mismo.

Las competencias delegadas por el SIP en los Consejos Rectores de las cajas rurales locales o son de escasa relevancia o estarán condicionadas en su desarrollo por la política marcada desde el SIP, es decir, decidiremos en nuestros pueblos aquello que nos digan desde arriba. Se trata de competencias como la aprobación de operaciones de riesgo de crédito hasta el 15% de los recursos propios de la entidad, la aplicación de las políticas del SIP, la determinación del sentido del voto de sus representantes en el Consejo Rector del SIP, la gestión del Fondo de Educación y Promoción, la designación de representantes en el Consejo Rector del SIP, la gestión de las políticas de personal en aplicación de las marcadas por el SIP y el régimen tarifario de operaciones de activo, pasivo y comisiones con arreglo a la política del SIP. Todas ellas son de absoluto sentido común y de escasa relevancia, o en el resto de casos, consisten en gestionar competencias de acuerdo con las directrices que emanan desde arriba, con nulo margen para adaptarlas a las peculiaridades de cada una de las Entidades Adheridas, pues siempre se utiliza la coletilla “de acuerdo con la política marcada por el SIP”.

La política de riesgos del futuro SIP podría dejar sin financiación proyectos de interés local que no cumplan determinados criterios técnicos como avales o rentabilidad financiera. Y es que, hasta ahora, las cajas rurales locales han llevado a cabo una evaluación de riesgos que ha ponderado sobre todo el conocimiento y la cercanía a las personas que solicitaban préstamos, y que se ha manifestado a su vez como eficiente (con las ratios de morosidad más bajas de todo el sector financiero). En el futuro, dentro del SIP, esto ya no será así, y podría ocurrir que las exigencias de política de riesgos impidieran financiar determinados proyectos de inversión en nuestros pueblos que no contaran con avales suficientes o no alcanzaran determinados umbrales de rentabilidad.

Igualmente, con el SIP aumentarían las posibilidades de pérdidas de empleo entre los/as trabajadores/as de las cajas rurales locales. La experiencia de los procesos de fusión o integración de entidades financieras en España muestra que el colectivo más castigado en todos estos procesos ha sido el de los empleados/as de las entidades afectadas. Tras las fusiones se ha perdido entre el 20 y el 25% del empleo existente en el sector de las cajas de ahorro respecto al existente con anterioridad. La reducción de costes operativos pasa necesariamente por la vía de los despidos de personal y la agrupación de los servicios generales en la Entidad Central.

El SIP propuesto es un viaje sin retorno, donde las cajas rurales locales, desde el mismo momento de la adhesión, perderán toda posibilidad de volver atrás. El SIP tendrá una duración mínima de 12 años, así como un régimen de bajas voluntarias y obligatorias que en todo caso deberán ser autorizadas por el Banco de España. Las penalizaciones por baja, se trate tanto de voluntaria como obligatoria, implicarán una sanción económica igual al 30 ó 35% de los recursos propios, según cada caso, además de una indemnización por los daños y perjuicios causados al SIP. Toda la tramitación del procedimiento de baja corresponderá al Consejo Rector de la Entidad Central del SIP. Estas condiciones draconianas son, de hecho, la forma de convertir el SIP en un contrato permanente e indefinido, de facto irreversible. Los promotores son conscientes de los escasos refuerzos positivos e interés que el modelo tiene para nuestras cajas rurales locales, de ahí que pongan todo tipo de impedimentos para dificultar la salida. Sería el fin de nuestras cajas rurales locales tal y como las hemos conocido hasta ahora.

En el SIP que pretende crearse, las cajas rurales locales no podrán decidir respecto a futuros compañeros de viaje, ya que la potestad de aprobar la adhesión de nuevas entidades quedará sólo en manos del Consejo Rector de la Caja Rural de Castilla-La Mancha. Otro ejemplo más de la supremacía absoluta de la Entidad Central respecto de las pequeñas cajas rurales locales. Éstas últimas no tendrán posibilidad alguna de oponerse a nuevas adhesiones que puedan entender que perjudican sus intereses. A la vista de cómo se han desarrollado otras experiencias de SIP similares en el sector de las cajas rurales en España, serían altas la posibilidades de que más pronto que tarde las cajas rurales locales que ahora se integraran en el SIP perdieran totalmente su identidad y se diluyeran en una macroentidad financiera absolutamente desvinculada de nuestra tierra y nuestra gente (caso de Cajacampo tras su SIP con Cajamar).

(Continuará)

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